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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOBEFU
Título II
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Por Res. IM Nº 0590/21 de fecha 01 de febrero de 2021, se convalida el Acuerdo Bipartito celebrado con ADEOM, con fecha 15 de enero de 2021, y se crea una compensación con el objeto de resarcir -de forma ficta- los eventuales gastos derivados del trabajo a distancia, relacionados con los medios vinculados al desarrollo de la actividad.

Por Res. IM Nº 0441/23 de 19/01/23 se aprueba el Régimen de trabajo del Servicio Central de Locomoción estableciendo una Partida de Asistencia Única para los funcionarios comprendidos en este Régimen. El plazo de dicho Régimen se prorroga a partir del 1º de Enero de 2024 hasta el 31 de Diciembre de 2024 por Res. IM Nº 0973/24 de 27/02/24, incorporando además la Partida de Ómnibus.

Capítulo VI.I
Compromisos de Gestión

Artículo 75.9 ._

Seguimiento y evaluación.

Las actividades de seguimiento y evaluación de los Compromisos de Gestión serán responsabilidad de las direcciones de las dependencias involucradas.

La Unidad de Compromisos de Gestión asistirá a las dependencias en la administración de sus compromisos.

Para determinar el coeficiente de cumplimiento de las metas se requiere el ingreso de todos los grados de avance en el sistema informático de forma veraz y completa, a mes vencido y antes del día 10. Esta información será auditada en forma sistemática para determinar su exactitud.

El plazo para realizar correcciones en los datos ingresados al SCG vence con el cierre de cada cuatrimestre.

La ausencia de estas formalidades implicará el no pago del Compromiso de Gestión para el cuatrimestre correspondiente, aunque se alcanzaran las metas

FuenteObservaciones
num. 2
Punto 8 del Anexo
num. 1
literal c)
num. 1
Punto 11 literal c) del Anexo