Primera Parte. Disposiciones Generales
Nota: Por Dto. JDM Nº 37.757 de 5/7/2021 se facultó a la Intendencia de Montevideo a otorgar como incentivo fiscal un crédito a favor de las empresas contribuyentes que generen puestos de trabajo a partir de la vigencia del Decreto que se promulga y por el plazo de un año en las condiciones que en el Decreto se indican. El crédito a favor de la empresa contribuyente se acreditará trimestralmente a su elección en o las cuentas correspondientes a Contribución Inmobiliaria, Tasa General, Adicional Mercantil, Tasa Bromatológica o Tarifa de Saneamiento.Por Dto. JDM Nº 37.880 de 10/11/2021 se faculta a la Intendencia de Montevideo a duplicar el porcentaje dispuesto en el numeral 1º del artículo 3º del Decreto Nº 37.757 por los meses de octubre, noviembre y diciembre 2021.
Por Res.IM 2970/21 de 12 de agosto de 2021 se aprobo la reglamentacion del beneficio establecido en el Decreto Nº 37.757.
Por Res.IM 3278/21 de 02 de septiembre de 2021 se sustituyo el articulo 2º de la reglamentacion aprobada por el numeral 1º de la Resolucion Nº 2970/21 de 12 de agosto de 2021.