Criterios rectores. Los trámites tendientes a obtener la habilitación o registro de establecimientos industriales o comerciales, tendrán los siguientes criterios rectores:
a) la simplificación, agilización y flexibilización de las gestiones, que se cumplirán preferentemente en forma digital;
b) las solicitudes se formularán mediante declaraciones de los interesados frente a la Administración, bajo la responsabilidad de éstos por la veracidad y vigencia de los datos expresados, la información proporcionada y por la autenticidad de los documentos que presentaren;
c) la generalización del uso de la firma electrónica y la constitución de domicilio electrónico;
d) la concentración en un mismo trámite de todos los datos e información que sea relevante para los distintos servicios competentes;
e) la eliminación de todo requisito innecesario o injustificado;
f) la supresión de cualquier requerimiento administrativo cuyo propósito sea la presentación de documentos ya agregados o la obtención de información ya aportada por los interesados, así como de toda aquella que es generada por dependencias de esta Administración;
g) la difusión de la información relativa a la forma de gestionar las habilitaciones y registros, la que se divulgará por todo medio que garantice su accesibilidad por los interesados;
h) la implantación de un sistema que permita el acceso a la información entre las distintas dependencias departamentales y municipales;
i) la utilización por parte de las dependencias competentes de aquellos mecanismos e instancias de control que garanticen el eficaz cumplimiento de las normas.