Exención del trámite de habilitación. Están eximidos de gestionar la habilitación ante el Servicio Contralor de la Edificación, los establecimientos que tengan los siguientes destinos:
a) frigoríficos y mataderos
b) laboratorios de especialidades farmacéuticas
c) laboratorios de productos veterinarios
d) farmacias y homeopatías
e) carnicerías de corte y expendio
f) clínicas, policlínicas, sanatorios y hospitales
g) residencias y hogares para adultos mayores
Dichas habilitaciones deberán gestionarse ante las dependencias u organismos competentes, según corresponda.