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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección VIII
Del Fondo de Financiamiento para la renovación tecnológica del transporte colectivo urbano de Montevideo.
 De la garantía.

Artículo R.465.17 ._

La Intendencia de Montevideo como administradora del Fondo, será la encargada de administrar la garantía establecida por los artículos D.768.34.14 y D.768.34.15.

FuenteObservaciones
num.1
art. 8º de la Reglamentación