Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IX
Igualdad de género y no discriminación
Nota:

*Nota: Por Resolución N.º 4221/25 de 22/10/25, se resolvió extender la vigencia de la "Estrategia para la Igualdad de Género de Montevideo" (EIGM), por el período 2026-2030.

*Nota: Por Resolución N.º 0634/23 de 30/01/23, se aprobó la ¨Estrategia para la Igualdad de Género de
Montevideo", con vigencia 2021-2025, que tiene como objetivo principal lograr un cambio cultural transformador de las condiciones estructurales generadoras de desigualdades de género, manteniendo la estructura que se indica en sus 5 ejes temáticos y 3 miradas transversales, que priorizan distintas dimensiones de la desigualdad de género y el donde impactar a través de las políticas departamentales y municipales.

Capítulo I
Conceptos generales

Artículo 798 ._

Objeto. Dar cumplimiento en el ámbito del Gobierno Departamental, Intendencia de Montevideo, Junta Departamental de Montevideo y los Municipios de Montevideo, a los compromisos internacionales sobre derechos humanos y derechos de las mujeres suscritos por el Estado Uruguayo y contemplados en diversas leyes nacionales. En este marco, el principio de igualdad de género y no discriminación, se convierten en prioritarios y transversales al conjunto de las políticas departamentales y municipales, tanto hacia la interna como hacia la población, con el fin de transformar las relaciones de poder desigual por razones de género en intersección con otras desigualdades, en articulación con colectivos sociales y el Gobierno Nacional.

FuenteObservaciones
art. 1º