Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IX
Igualdad de género y no discriminación
Capítulo II
Política de igualdad de género

Artículo 804 ._

Formación en igualdad de género. La formación y capacitación permanente del funcionariado y cargos de dirección deberá consolidarse como un eje transversal fundamental para la inclusión efectiva de esta perspectiva en las políticas públicas de la Intendencia y Municipios de Montevideo, así como para la transformación de la cultura organizacional con criterios de igualdad.

FuenteObservaciones
art. 7º
Nota:

Por Res. IM Nº 1233/24 de fecha 11 de marzo de 2024 se crea un Sistema de Formación para la Igualdad de Gènero, con carácter técnico-asesor, el cuál funcionara en el marco del desarrollo de las actividades que se llevan a cabo en el Centro de Formación y que contarà con vinculación y apoyo administrativo a través del Departamento de Gestión Humana y Recursos Materiales, la que tendrà el siguiente contenido: Objetivo general; Objetivos específicos, Actores del sistema, Cometidos de los actores del sistema y Organigrama del sistema.