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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IX
Igualdad de género y no discriminación
Capítulo II
Política de igualdad de género

Artículo 805 ._

Sistemas de información. Los sistemas de producción de información generados por la Intendencia de Montevideo deberán incorporar dimensiones, variables e indicadores relevantes para el análisis de la información desde una perspectiva de igualdad de género, así como también, generar dichos análisis desde esta perspectiva. Asimismo, las políticas de igualdad de género departamentales y municipales deberán contar con sistemas de seguimiento y monitoreo.

FuenteObservaciones
art.8º