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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo XI
Habilitación Comercial y Condiciones de Funcionamiento de Locales Con Destino Total o Parcial Espectáculos Públicos
Sección I
Generalidades

Artículo D.3146.22 ._

Cobertura médica.- Todos los locales e instalaciones eventuales alcanzados por la presente norma deberán contar con servicio de cobertura médica.

FuenteObservaciones
art. 25