La solicitud de excepción prevista en el artículo D.3146.45, podrá ser presentada ante el Gobierno Municipal competente, quien remitirá las actuaciones en plazo no superior a 15 días corridos, adjuntando informe fundado para su resolución por parte de la Comisión Mixta creada por el art. 46 del Decreto No. 36.615 de 3 de abril de 2018. La Comisión, previo a pronunciarse, podrá solicitar los informes complementarios que entienda pertinentes.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos
Parte Reglamentaria
Título
Único
Único
Capítulo VII
De la Habilitación Comercial y Condiciones de Funcionamiento de Locales con Destino Total o Parcial Espectáculos Públicos
De la Habilitación Comercial y Condiciones de Funcionamiento de Locales con Destino Total o Parcial Espectáculos Públicos
Sección IV
Excepciones a la restricción horaria para la colocación de entarimados, mesas y sillas en el exterior.
Excepciones a la restricción horaria para la colocación de entarimados, mesas y sillas en el exterior.