Los titulares de móviles de preparación y servicio de alimentos deberán, además:
a) Presentar los procedimientos de higienización y sanitización que realizará el móvil luego de terminada la operación.
b) Declarar dónde es el lugar de depósito de los insumos y del móvil, cuando este no está operando.
c) Contar con personal con el correspondiente carné de salud y de manipulación de alimentos.
d) Estar inscriptos y cumplir así con las obligaciones correspondientes a la DGI y BPS.