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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo V
De la Participación en Multas de los Funcionarios de la División Tránsito y Transporte

Artículo 188.4 ._

Establecer que por concepto de la participación que se reglamenta ningún funcionario percibirá considerando el sueldo base y la participación, mas del equivalente al sueldo base del/la Director/ra de la División Tránsito.

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 3º de la Reglamentación.