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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Título II
De los servicios privados de interés público
Capítulo VIII
Del uso de Plataformas Electrónicas para la Contratación de Transporte de Pasajeros
Sección V
De los vehículos autorizados a ser registrados y del registro de permisarios que prestan el servicio de transporte mediante el uso de plataformas electrónicas para el traslado de personas

Artículo R.523.106 ._

Condiciones del permiso de TPE. Los permisos TPE se otorgarán por vehículo y permisario/a, no pudiendo una persona física ser titular de más de un permiso ni las Cooperativas de más de cinco (5) permisos, debiendo en todo caso afectarse solamente un vehículo por permiso.

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 3º de la Reglamentación.