Una vez firmado el Convenio, se acordará entre el Gobierno Municipal, (o quien este designe) y el beneficiario, la entrega de materiales y la forma de pago, si correspondiera.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales
Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección XXV
Fondo Solidario de Materiales
Fondo Solidario de Materiales
Artículo 683.44 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 11 |
Nota:
Ver art. 12º, num 1, de la Res. IM Nº 3294/24 de fecha 29/07/2024.
Por Res.IM Nº 3296/24 de 29/07/2024, numerales 1º y 2º se aprobaron los modelos de convenios para el Programa Fondo Solidario de Materiales con subsidio parcial o total, según corresponda.