Establecer que las exoneraciones comprenderán en los casos de Permiso Único Nacional de Conducir categoría A la expedición por primera vez, renovación, duplicado y homologación. En los casos de Permiso Único Nacional de Conducir categorías C, D, E y F la exoneración comprenderá además el costo del examen medico realizado por los médicos del Ejecutivo Departamental. En los casos de expedición de duplicados, la persona solicitante deberá presentar la constancia de denuncia policial de hurto o de rapiña del Permiso Único Nacional de Conducir anterior.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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TOTID
Título V
Departamento de Movilidad
Departamento de Movilidad
Capítulo III
Servicio Contralor de Conductores
Servicio Contralor de Conductores
Sección II
Tasas sobre Licencias de Conducir. Derecho a Examen Teórico y Práctico para Conductores
Tasas sobre Licencias de Conducir. Derecho a Examen Teórico y Práctico para Conductores
Nota:
Los valores establecidos en la presente Sección, se actualizan cuatrimestralmente.