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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen I Normas que refieren a los Gobiernos Departamentales

Título IV
Normas de Aplicación a los Gobiernos Departamentales
Capítulo XXXVII
Descentralización Política y Participación Ciudadana
Sección XXV
Fondo Solidario de Materiales

Artículo 683.43.1 ._

Los equipos técnicos de los CCZ elaborarán una lista de beneficiarios, estableciendo un orden de prioridad según cada situación en particular. Dichas solicitudes deberán contar con la siguiente información;

a) composición del núcleo familiar;

b) ingresos nominales del grupo familiar;

c) ocupación o condición de jubilados o pensionistas;

d) informe de la situación ocupacional actual que se pretende solucionar y de la ubicación del predio
donde se utilizarán los materiales solicitados;

e) detalle de la obra u obras a realizar.

FuenteObservaciones
num. 1
Art. 5º de la Reglamentación.