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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen III Relación Funcional

Libro II
De la relación funcional
Parte Legislativa
Título  Único
Del estatuto del funcionario
Capítulo VII
De los Ascensos
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General.

Sección II

Artículo D.98.3.2 ._

Se considera inhabilitación para el ejercicio de la función docente en el Escalafón Cultural y Educativo así como en el Centro de Formación y Estudios y en general, para el desempeño de cualquier tarea docente en la Intendencia de Montevideo o en los Municipios, hasta un máximo de 5 años, poseer antecedentes administrativos o penales en asuntos de violencia física, psicológica, sexual y/o doméstica.

FuenteObservaciones
art. 6