Por la guardia, el/la funcionario/a percibirá mensualmente un viático equivalente al 30 % (treinta por ciento) del sueldo base mensual correspondiente a un Grado SIR 13 o el correspondiente al Grado SIR que tenga si fuere mayor, por 30 (treinta) horas deel/la funcionario/a carga semanal y se liquidará en forma proporcional a los días de guardia cumplidos.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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