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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.

Artículo 211.44 ._

La atención en la modalidad de guardia es presencial por lo que los 3 (tres) funcionarios/as deberán concurrir al lugar del hecho y quedarse hasta finalizar las tareas y resolver la situación. Los funcionarios/as de guardia que sean citados/as a cumplir tareas de las áreas mencionadas en el Artículo 211.42 (u otras no explicitadas de similares características) deberán trabajar coordinadamente, tomar decisiones de forma autónoma y realizar las acciones que mejor consideren para resolver de forma eficiente la situación. Para cumplir con estas tareas tendrán disponibilidad a materiales, herramientas y acceso a lugares restringidos como salas de máquinas, almacenes y subestaciones, por lo que serán responsables de todo lo ocurrido durante el desempeño de la guardia.

FuenteObservaciones
art. 1
Capítulo XI
De las guardias
 Del Sistema de Guardias para funcionarios/as del Servicio de Conservación del Palacio