El cumplimiento efectivo de tareas dentro del periodo de guardia deberá realizarse de forma tal que permita superar la emergencia edilicia, minimizar riesgos y costos y permita al Servicio de Conservación del Palacio continuar con la operativa y poder adoptar resolución sobre el problema en cuestión. El informe producido o dictamen técnico deberá contener los elementos de juicio necesarios a fin de proceder a la adopción de mejoras en el área involucrada. Si el informe o dictamen técnico presentado por los funcionarios/as actuantes no resultara suficiente para la adopción de medidas correctivas por falta de información o de observaciones del problema, se deberá efectuar su ampliación o complemento. El plazo para la presentación de la ampliación o complemento del informe será el que establezca en cada caso la dirección del Servicio, en atención a las concretas circunstancias que se traten.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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