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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título II
DE LAS COMPENSACIONES ESPECIALES EN ATENCION A LA TAREA DESARROLLADA
Nota:

Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.

Por Res. IM Nº 0590/21 de fecha 01 de febrero de 2021, se convalida el Acuerdo Bipartito celebrado con ADEOM, con fecha 15 de enero de 2021, y se crea una compensación con el objeto de resarcir -de forma ficta- los eventuales gastos derivados del trabajo a distancia, relacionados con los medios vinculados al desarrollo de la actividad.

Por Res. IM Nº 0274/25, en su numeral, se establece:
1º-. Prorrogar a partir del 1º de enero y hasta el 31 de diciembre de 2025, el régimen de trabajo aprobado por Resolución Nº 0441/23 de fecha 19 de enero de 2023, cuya última prórroga fue dispuesta por Resolución Nº 0973/24 de fecha 27 de febrero de 2024 con las modificaciones aprobadas oportunamente.

Capítulo III.1
Del Servicio Mantenimiento Vial

Artículo 40.3 ._

Partida Servicio Mantenimiento Vial. Para todo el personal alcanzado por la presente propuesta el valor de esta partida será de $ 10.000 (pesos uruguayos diez mil), la que se ajustará con los respectivos incrementos salariales.

Las Jefaturas Obreras percibirán una partida adicional mensual equivalente al 20% de la Partida Servicio Mantenimiento Vial.

El cobro de la Partida Servicio Mantenimiento Vial y la adicional en caso de las Jefaturas Obreras, estará relacionado a los criterios que se establecerán para la asiduidad y puntualidad de los/as funcionarios/as.

Descuentos Partida Servicio Mantenimiento Vial y adicional de Jefaturas Obreras.

Entrada fuera de hora despues de los 30 minutos y hasta 45 minutos en el mes. 
Salida anticipada más de 30 minutos y hasta
45 minutos.
Se le restará un 20% del importe máximo de la partida servicio de mantenimiento vial.
Entre 46 minutos y 60 minutos de llegada tarde.
Salida anticipada de mas de 45 y hasta 60 minutos.
Hasta un día de suspensión
Se le restará 30 % del importe máximo de la partida servicio de mantenimiento vial.
Desde 61 minutos de llegada tarde y/o salida anticipada.
Suspensiones de 2 días o mas.
Se le restará 50% del importe máximo de la partida servicio de mantenimiento vial.

 

FuenteObservaciones
art. 1
Cláusula 3º del Convenio
Nota:

Por Res. IM Nº 4716/24 de fecha 6/11/24, se aprobó el texto del Convenio entre esta Intendencia y la Asociación de Empleados y Obreros Municipales (ADEOM), estableciendo en la cláusula décima que las partidas percibidas por aplicación de dicho Convenio, serán compatibles con la percepción de los Compromisos de Gestión.