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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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TOBEFU
Título IV
DE LAS COMISIONES. HONORARIOS. PARTICIPACIONES Y VIATICOS.
Capítulo XI
De las guardias
 Del Sistema de Guardias para funcionarios/as de la Unidad Centro de Fotografía de Montevideo
Nota:

Por Res. IM Nº 5127/24 del 5 de diciembre de 2024, artículo 1º se aprobó el reglamento del sistema de guardias de la Unidad Centro de Fotografía de Montevideo. A través del artículo 2º de la misma, se estableció un período inicial de evaluación del mencionado régimen por 6 (seis) meses a partir de su dictado.


Artículo 211.53 ._

El régimen de guardias funcionará fuera de los horarios habituales de trabajo para completar la cobertura de las 24 (veinticuatro) horas del día, todos los días del año. Para el presente caso implica que los horarios de guardia serán: de lunes a viernes de 20:00 a 08:00, días feriados las 24 (veinticuatro) horas y los fines de semana comenzando el día sábado a las 15:00 horas hasta la hora 08:00 del día lunes.

FuenteObservaciones
art. 1º
Artículo 1º de la reglamentación.