La Intendencia de Montevideo reglamentará el presente decreto dentro del plazo de 60 días a contar del día siguiente de su promulgación.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
De los paseos Públicos
Capítulo I
Disposiciones generales
Disposiciones generales
Artículo D.2247.5.5 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 6 | (*) El presente Decreto entró en vigencia el 9/5/2025 |
Nota:
Decreto JDM 39.038 Publicado en Diario Oficial el 8/5/2025 (*)