Cuando los predios que se fraccionen en las condiciones del artículo D.223.97. Condiciones para suelo urbano, tengan frente a rutas nacionales, vías públicas de enlace urbano nacional, de enlace urbano metropolitano y de conexión departamental, los lotes resultantes deberán tener frente mínimo de quince (15) metros y un área no inferior a quinientos (500) metros cuadrados, con excepción de las siguientes vías:
De conexión departamental:
- Av. Daniel Fernández Crespo.
- Av. Gral. Fructuoso Rivera, entre la Av. 18 de Julio y Br. José Batlle y Ordóñez.
- Av. Luis A. De Herrera, entre la Av. José Pedro Varela y la Av. Gral. Fructuoso Rivera.
- Calle Carlos María Ramírez.
- Av. Gral. San Martín.
- Calle Miguelete.
- Calle S. Ferrer Serra.
- Br. Manuel Herrera y Obes.
- Av. Luis Batlle Berres (ÁREA URBANA INTERMEDIA )
De enlace urbano nacional:
- Br. José Batlle y Ordóñez desde Camino Lecocq hasta Av. Italia.
- Calle 20 de Febrero.
- Av. José Belloni.
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Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado II Plan de Ordenamiento Territorial. Urbanismo
Título III
De los amanzanamientos y fraccionamientos
De los amanzanamientos y fraccionamientos
Capítulo
Único
Único
Sección V
Fraccionamientos y reparcelamientos
Fraccionamientos y reparcelamientos
Artículo D.223.97.3 ._
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 5 | ||
art. 1 | Antes Art. D.223.107 |