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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.


Libro III
Instrumentos Especiales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible
Parte Legislativa
Apartado I Planes Especiales
Nota:

Por DJM Nª 39.184 de 21.07.2025 se aprueba el Plan Parcial de Ordenación del Arroyo Pantanoso, su cartografía de referencia (Planos MI 01 a MI 13 de la Cartografía de Información y MO 01 a MO 12 de la Cartografía de Ordenación) así como su fundamentación y exposición de motivos expresados en los documentos Memoria de Información, Memoria de Ordenación, Memoria de Gestión y Seguimiento, el Informe Ambiental Estratégico y el Informe de Elaboración y Participación, todos los cuales forman parte del presente decreto.

Capítulo VI
Escala del Ámbito del Plan
Sección III
Conformación y calificación del sistema de espacios públicos

Artículo D.225.27 ._

Articulación con otros espacios existentes o en desarrollo. El sistema de espacios públicos integra espacios existentes (o en desarrollo), y los vincula con los nuevos espacios asociados a los cursos de agua, generando sinergias que potencian su apropiación colectiva. Son los siguientes:
a) Espacio Colón-Villa Colón;
b) Monte de la Francesa y plaza Atilio Arrillaga Safons;
c) Parque Tomkinson;
d) Plaza Tres Ombúes;
e) La Paloma (eje cívico y humedal).

FuenteObservaciones
art. 2
Art. 28 del Plan Parcial de Ordenación del Arroyo Pantanoso