Las mejoras a los predios y las obras realizadas en los mismos por las instituciones concesionarias, requerirán el permiso de construcción o la autorización del servicio de Espacios Verdes, con asesoramiento del Centro Comunal Zonal (Juntas Locales) o el órgano que haga sus veces, y quedarán en beneficio de la propiedad departamental, en todos los casos, sin compensación de especie alguna, al término del plazo establecido. No se podrá realizar ningún tipo de obra sin autorización expresa de la Intendencia.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Volumen VIII Contratos de la Administración
Libro VIII
De los Contratos de la Administración
De los Contratos de la Administración
Parte Legislativa
Título V
Contratos de uso de bienes de propiedad Departamental no afectados al uso público ni a la Cartera de Tierras
Contratos de uso de bienes de propiedad Departamental no afectados al uso público ni a la Cartera de Tierras
Capítulo I
Disposiciones Generales
Disposiciones Generales

