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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

TOTID
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Sección II
Permisos de Construcción

Artículo 231.5 ._

Exoneración de Tasas departamentales relativas a Permisos de Implantación y Construcción. Facultar a la Intendencia de Montevideo a exonerar el 100% (cien por ciento) de tasas departamentales relativas a Permisos de Implantación y Construcción y/o Regularización, para proyectos en inmuebles que se realicen con cargo al Presupuesto Participativo (PP).

También podrá alcanzar la presente exoneración a las Tasas por Tolerancia necesarias para esos mismos permisos o regularizaciones.

FuenteObservaciones
art. 36