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Digesto Departamental
Volumen XIII De los Espectáculos Públicos

Parte Legislativa
Título
Único
Capítulo XII
Espacios Culturales Independientes

Artículo D.3147.10 ._

Fiscalización. Las autoridades de la Intendencia de Montevideo en funciones de inspección, vigilancia y de contralor técnico o administrativo en el local, tendrán libre acceso a todas las dependencias de los establecimientos destinados a Espacio Cultural Independiente (ECI) definidos en el artículo 2º del presente Decreto .

FuenteObservaciones
art. 20