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Digesto Departamental
De los Cementerios
De los Cementerios
Legislativa
De la retroversión al patrimonio de la Intendencia
De la disolución de las personas jurídicas

Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Parte Legislativa
Título VII
De la retroversión al patrimonio de la Intendencia
Capítulo III
De la disolución de las personas jurídicas

En caso de disolución de la persona jurídica concesionaria, las parcelas y sus mejoras retrovertirán al patrimonio de la Intendencia pudiendo esta disponer del bien, pero obligándose a conservar los restos allí o en cualquier otro local de propiedad de la Intendencia, en los términos previstos por el art. D.2518.

FuenteObservaciones
art. 1