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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Digesto Departamental
Relación Funcional
De la relación funcional
Reglamentaria
Del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información
De la política de actualización de hardware y ambientes

Volumen III Relación Funcional

Libro III
De la relación funcional
Parte Reglamentaria
Título  Único
Nota:

Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año.  Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.

Capítulo XVIII.3
Del Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información
Sección II
De la política de actualización de hardware y ambientes

Establecer la siguiente Política de Actualización de Hardware y Software:

a) Actualizar los componentes de la plataforma operativa según una política de reemplazo de equipamiento con un máximo de 3 (tres) años;

b) Se deberá conformar un equipo de trabajo a tales efectos, integrado por un representante de la Gerencia de Tecnología de la Información y Tecnología para Ciudades Inteligentes, que reportará anualmente a la Dirección la lista de componentes críticas que tengan más de 3 (tres) años, así como su estado de actualización tecnológica y el plan de reemplazo de los mismos;

c) Revisar periódicamente la existencia de actualizaciones y parches en el software de base y aplicaciones de forma de evitar la obsolescencia del mismo, corregir configuraciones o vulnerabilidades reportadas. La obtención de las actualizaciones debe realizarse de fuentes confiables y verificarse la integridad del software descargado. El procedimiento para aplicar las actualizaciones y parches debe ser realizado en forma controlada y con la posibilidad de revertir el estado anterior;

d) El Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente será el encargado de evaluar, planificar e instrumentar las actualizaciones de los componentes de hardware y software;

e) El Departamento de Desarrollo Sostenible e Inteligente, definirá la estrategia de actualización y seleccionará los componentes sustitutos, garantizando que los mimos satisfacen las cualidades requeridas por los sistemas informáticos de la Intendencia de Montevideo;

f) Los componentes sustitutos serán probados previo a su instalación para evaluar el impacto de su aplicación y garantizar su funcionalidad y eficacia;

g) Se deberá proveer de la infraestructura de hardware y software necesario para realizar las pruebas previo a la aplicación de los cambios;

h) Roles y responsabilidades;
i. el área de Seguridad Informática es responsable de asegurar su cumplimiento;
ii. es responsabilidad de las Gerencias de Tecnología de la Información y Tecnología para Ciudades Inteligentes, la correcta implementación de esta política.

FuenteObservaciones
num. 1 y 2
Sustituye la Res.IMM Nº 64/10 de 04.01.2010
num. 1

Establecer que la Política de Actualización de Hardware y Software deberá ser revisada cuando ocurran cambios significativos (técnicos, normativo, negocio) o al menos cada tres años para evaluar su implantación y modificación cuando así se requiera, a efectos de eficaz cumplimiento de sus objetivos.

FuenteObservaciones
num. 1 y 3
Sustituye la Res. IMM Nº 64/10 de 04.01.2010
num. 2