La Dirección General del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, fijará el horario a cumplir por los funcionarios pertenecientes al mismo.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De la relación funcional
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
De la jornada
Del horario de trabajo de los funcionarios del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional.
A los funcionarios que prestan servicios a las órdenes directas del Servicio de Casinos y que cursan estudios en Facultades de la República se les podrá acordar tareas, mientras dure al año lectivo, dentro del horario de 17 a 22 y 30 horas excepto los días víspera de feriado.
Para acogerse a dicho beneficio deberán presentar escrito acompañado de certificado de la Facultad respectiva en el que acredite que cursa estudios en la misma. Complementariamente estarán obligados a rendir con aprobación una asignatura anual.
El incumplimiento de los dispuesto precedentemente dará facultad para revocar este beneficio.
Fuente | Observaciones | |
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