En tanto no se proceda a la incorporación al Sistema Integrado de Carreras y Remuneraciones de los Funcionarios del Departamento de Desarrollo Económico e Integración Regional, los ascensos se realizarán conforme las normas establecidas en la presente Sección.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
De la relación funcional
Por Res.IM Nº 0441/23 de 19/01/2023 se aprobó un régimen de trabajo especial para el Servicio Central de Locomoción, que comienza a regir a partir del 1º de enero de 2023 y que extenderá su vigencia por el término de 1 (un) año. Por Res.IM Nº 973/24 de 27/02/2024 se prorrogó la vigencia del citado régimen hasta el 31/12/2024.
Normas generales para el ascenso y las promociones
Ver Res.IM Nº 583/12 de 06/02/12 que aprueba el Protocolo de Consideración de situaciones generadas en procesos de Evalucación Inicial, Evaluación de Desempeño y Calificación General. Y sus modificaciones en el num. 3 de la Res. IM Nº 2948/18.
De los Casinos Departamentales
Para el Escalafón Recaudación de Sala de Juegos de Casinos el sistema de ascenso será el siguiente:
a) De Boletero de 2da. Grado 1 a Boletero de 1ra. Grado 2: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
b) De Boletero de 1a. Grado 2 a Auxiliar Cajero Grado 3: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Capacitación.
c) De Auxiliar Cajero Grado 3 a Cajero Grado 4: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
d) De Cajero Grado 4 a Cajero Sub-Jefe Grado 5: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Jefatura.
e) De Cajero Sub-Jefe Grado 5 a Cajero Jefe Grado 6: por concurso de oposición, tomándose en cuenta la Calificación General y la Antiguedad Computable.
f) De Cajero Jefe Grado 6 a Cajero Central Adjunto Grado 7: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Dirección.
g) De Cajero Central Adjunto Grado 7 a Cajero Central Grado 8: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 |
Para el Escalafón Fiscalización y Vigilancia de Sala de Juegos de Casinos el sistema de ascenso será el siguiente:
a) De Auxiliar de Control Grado 1 a Fiscal de 2da. Grado 2, y de Fiscal de 2da. Grado 2 a Fiscal de 1ra. Grado 3: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
b) De Fiscal de 1ra. Grado 3 a Inspector Grado 4: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Inspector.
c) De Inspector Grado 4 a Oficial Grado 5: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Oficial.
d) De Oficial Grado 5 a Jefe Grado 6: por concurso de oposición, tomándose en cuenta la Calificación General y la Antiguedad Computable.
e) De Jefe Grado 6 a Supervisor Grado 7: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del Curso de Dirección.
f) De Supervisor Grado 7 a Gerente Grado 8: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 |
Para el Escalafón Técnicos Profesionales de Sala de Juegos de Casinos, el sistema de ascenso será el siguiente:
a) De Ayudante de 2a. Grado 1 a Ayudante de 1a. Grado 2: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
b) De Ayudante de 1a. Grado 2 a Ayudante de Pagador Grado 3: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del Curso de Pagador.
c) De Ayudante de Pagador Grado 3 a Pagador Grado 4: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
d) De Pagador Grado 4 a Jefe de Mesa Grado 5: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Jefatura.
e) De Jefe de Mesa Grado 5 a Jefe de Sala Grado 6: por concurso de oposición, tomándose en cuenta la Calificación General y la Antiguedad Computable.
f) De Jefe de Sala Grado 6 a Supervisor Profesional Grado 7: por Calificación General y la Antiguedad Computable, previa aprobación del curso de Dirección.
g) De Supervisor Profesional Grado 7 a Gerente Profesional Grado 8: por Calificación General y la Antiguedad Computable.
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 |