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Digesto Departamental
De los Cementerios
De los Cementerios
Del procedimiento para la identificación de personas fallecidas mediante la colocación de precinto de metal

Volumen XI De los Cementerios

Libro XI
De los Cementerios
Título XII
Del procedimiento para la identificación de personas fallecidas mediante la colocación de precinto de metal

La identificación de cuerpos de personas fallecidas, a partir de la acreditación de la defunción, se realizará mediante la colocación de un precinto de metal en el puño o tobillo del difunto, a efectos de grabar su nombre y documento de identidad.

FuenteObservaciones
num. 1

Establecer que los agentes obligados a cumplimentar lo precedentemente expuesto, serán las empresas fúnebres o el Servicio Fúnebre de la Intendencia, según las circunstancias.

FuenteObservaciones
num. 2

Propiciar que la Morgue Judicial, a través del Poder Judicial, adopte las medidas señaladas, en las situaciones en que los cuerpos son trasladados a dicho Instituto a través de la Policía.

FuenteObservaciones
num. 3