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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
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Ante cualquier consulta se puede contactar con el Equipo Técnico Actualización Normativa e Información Jurídica al 1950 1538.

TOTID
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Departamento de Movilidad
Servicio Contralor y Registro de Vehículos
Derecho a Inspección de Vehículos Automotores Cambio de Carrocería, Chassis, Etc.

Título V
Departamento de Movilidad
Capítulo V
Servicio Contralor y Registro de Vehículos
Sección VI
Derecho a Inspección de Vehículos Automotores Cambio de Carrocería, Chassis, Etc.

(Derecho a inspección de vehículos automotores, cambio de carrocería, chassis, etc.). Cuando deba inspeccionarse un vehículo automotor por haberse operado un cambio de carrocería, chassis, motor u otros elementos o circunstancias similares, se abonará por ese concepto la suma de N$ 3.000 (NUEVOS PESOS TRES MIL).

FuenteObservaciones
art. 27


Este artículo ha sido vaciado.


FuenteObservaciones


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FuenteObservaciones