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TOTID
Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Departamento de Desarrollo Urbano
Servicio Contralor de la Edificación
Adicional en Caso de Inspecciones

Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Sección XIII
Adicional en Caso de Inspecciones

(Adicional en caso de inspecciones). Los funcionarios profesionales universitarios que realicen inspecciones relacionadas con su profesión, fuera de horario y con locomoción propia, tendrán derecho al cobro por cada inspección de la cantidad de NUEVOS PESOS SIETE MIL TRESCIENTOS CINCUENTA (N$ 7.350.00). Dentro de dicho régimen, cada funcionario podrá efectuar un máximo de 20 inspecciones por mes, si así lo exigen las necesidades funcionales. Cuando se soliciten las referidas inspecciones, deberá reponerse papel timbrado en carácter de tributo adicional por un valor de NUEVOS PESOS OCHO MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO (N$ 8.224.00).
Ambos importes se ajustarán de acuerdo a lo establecido en el artículo 2º del presente decreto.

FuenteObservaciones
art. 155