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Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del tránsito público
Reglamentaria
De las limitaciones y prohibiciones de estacionar
De las prohibiciones de estacionamiento

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título IX
De las limitaciones y prohibiciones de estacionar
Capítulo II
De las prohibiciones de estacionamiento

A los efectos indicados en el artículo D. 647 se mantienen todas las prohibiciones de estacionamiento aprobadas al momento de entrar en vigencia la Resolución Nº 4858/10, de 18 de Octubre de 2010.

La División Tránsito y Transporte realizará evaluaciones periódicas de las prohibiciones y horarios de las mismas y aconsejará las modificaciones, ampliaciones o supresiones que técnicamente sean aconsejables.

FuenteObservaciones
num. 3
num. 1
num. 2
num. 1
art. 101


Por Res.IMM 4858/10 de fecha 18/10/2010, num.1 se retiró el texto de este artículo del Digesto lo que no importa modificación o derogación de clase alguna de sus normas fuente, según lo dispone el num.2.


FuenteObservaciones
num. 10
num. 1
num. 4
num. 2
num. 4
num. 1
num. 1
num. 1
num. 1


Por Res.IMM 4858/10 de fecha 18/10/2010, num.1 se retiró el texto de este artículo del Digesto lo que no importa modificación o derogación de clase alguna de sus normas fuente, según lo dispone el num.2.


FuenteObservaciones
num. 1
num. 4
num. 2
num. 4
num. 1
num. 2
num. 1
num. 1
num. 2


Por Res.IMM 4858/10 de fecha 18/10/2010, num.1 se retiró el texto de este artículo del Digesto lo que no importa modificación o derogación de clase alguna de sus normas fuente, según lo dispone el num.2.


FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 4
num. 1
num. 2
num. 4
num. 1
num. 3


Por Res.IMM 4858/10 de fecha 18/10/2010, num.1 se retiró el texto de este artículo del Digesto lo que no importa modificación o derogación de clase alguna de sus normas fuente, según lo dispone el num.2.


FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
num. 2


Por Res.IMM 4858/10 de fecha 18/10/2010, num.1 se retiró el texto de este artículo del Digesto lo que no importa modificación o derogación de clase alguna de sus normas fuente, según lo dispone el num.2.


FuenteObservaciones
num. 1
num. 4
num. 2
num. 4

Se prohíbe el estacionamiento y la circulación de vehículos de cualquier porte, con o sin motor, acondicionados con la finalidad exclusiva de realizar propaganda, en ramblas, bulevares, avenidas y calles que circunvalen plazas y parques, y a menos de cien metros de cualquiera de estas vías de tránsito.

FuenteObservaciones
num. 1

A tales efectos indicados en el Artículo D.655 se mantienen las limitaciones en las operaciones de carga y descarga al 20 de enero de 1981.

FuenteObservaciones
num. 4
num. 2
num. 1
art. 103