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Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del transporte
Reglamentaria
Del servicio público de transporte colectivo de pasajeros
Del transporte urbano de pasajeros
De los materiales

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro V
Del transporte
Parte Reglamentaria
Capítulo I
Del transporte urbano de pasajeros
Sección III.1.2
De los materiales

Se podrá utilizar todo tipo de material liviano, siempre que el mismo no ofrezca peligro a la seguridad de personas y/o bienes.

Se podrán colocar elementos autoadhesivos en las superficies verticales lateral y posterior, incluyendo las ventanillas, con las siguientes limitaciones:

a) en la parte posterior del vehículo, el material adhesivo calado no podrá sobrepasar la mitad del o los vidrios, tomando desde su parte inferior;.

b) la colocación sobre los vidrios laterales deberá ser parcial, no pudiendo ocuparse más de la mitad de los módulos  de ventanillas por cada lateral, ni podrá ocuparse más de la mitad del módulo de ventanilla tomando desde su parte inferior;

c) no se podrá utilizar la primera ventanilla del lado derecho a efectos de asegurar la visual del guarda y/o conductor;

d)siempre permanecerán a la vista y no deben quedar enmascarados por los elementos publicitarios, los carteles indicadores de línea y destino, así como el número interno y/o número de matrícula del vehículo y logo identificatorio de la empresa;

e) no se sobrepasará el plano definido por la mampara ubicada atrás del conductor del vehículo, tomando desde atrás hacia delante, ni los vidrios de la puerta delantera.

FuenteObservaciones
num. 2
art. 6º de la Reglamentación