La Intendencia podrá establecer con carácter experimental y transitorio, y en las condiciones que reglamente, excepciones a las normas que prohiben a los particulares retirar y transportar residuos domiciliarios, abrir los envases que los contienen, clasificarlos y apropiarse de sus elementos útiles.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
De la higiene y limpieza públicas.
De las excepciones a las normas prohibitivas.
Volumen VI Higiene y Asistencia Social
Parte Legislativa
Título IV
De la higiene y limpieza públicas.
De la higiene y limpieza públicas.
Nota:
*Nota: Por Resolución 5231/25 del 16 de diciembre de 2025, se aprobaron los lineamientos para la gestión de residuos generados en las dependencias de la Intendencia de Montevideo.
Capítulo III
De las excepciones a las normas prohibitivas.
De las excepciones a las normas prohibitivas.
En particular, la Intendencia podrá:
a) establecer lugares especialmente destinados al examen y clasificación de los residuos domiciliarios, limitando a esos lugares el cumplimiento de tales actividades;
b) fijar condiciones para el transporte de residuos domiciliarios, antes o después de su clasificación;
c) condicionar el acceso a esos lugares del cumplimiento de requisitos sanitarios.
| Fuente | Observaciones | |
|---|---|---|
num. 1 | ||
art. 2 |

