En todas las obras y eventos que se realicen en la vía pública deberán aplicarse en lo pertinente las Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial.
Se entiende por evento toda actividad, acontecimiento o similar, programada o no, que se produzca y afecte la circulación en la vía pública.
También las referidas Normas UNIT se aplicarán en lo pertinente a los efectos indicados en los artículos D. 620 y D.658, para el personal y equipo autorizado a trabajar en la calzada y acera.
La División Tránsito y Transporte podrá determinar las excepciones y actuaciones adicionales que correspondan.
Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del tránsito público
Reglamentaria
De la señalización de obras en la vía pública
Único
Volumen V Tránsito y Transporte
Libro IV
Del tránsito público
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título VI
De la señalización de obras en la vía pública
De la señalización de obras en la vía pública
Capítulo
Único
Único
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
num. 1 | ||
num. 1 | art. 96 |