Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
Tránsito y Transporte
Del tránsito público
Reglamentaria
De la señalización de obras en la vía pública

Volumen V Tránsito y Transporte

Libro IV
Del tránsito público
Parte Reglamentaria
Título VI
De la señalización de obras en la vía pública
Capítulo
Único

En todas las obras y eventos que se realicen en la vía pública deberán aplicarse en lo pertinente las Normas UNIT 1114:2007, 1115:2007 y 1125:2007 de Señalización Vial.
Se entiende por evento toda actividad, acontecimiento o similar, programada o no, que se produzca y afecte la circulación en la vía pública.
También las referidas Normas UNIT se aplicarán en lo pertinente a los efectos indicados en los artículos D. 620 y D.658, para el personal y equipo autorizado a trabajar en la calzada y acera.
La División Tránsito y Transporte podrá determinar las excepciones y actuaciones adicionales que correspondan.

FuenteObservaciones
num. 1
num. 1
art. 96