(Autorización de transferencia de habilitaciones de locales comerciales e industriales).- Por concepto de autorización de transferencia de habilitaciones de locales comerciales e industriales que se realicen en el Departamento de Descentralización, se abonará la suma de $ 280,oo.
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DEROGADO
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Texto Ordenado de Tributos e Ingresos Departamentales
Departamento de Desarrollo Urbano
Servicio Contralor de la Edificación
Habilitaciones de Locales Comerciales e Industriales
Primera Parte. Normas Generales
Título V.I
Departamento de Desarrollo Urbano
Departamento de Desarrollo Urbano
Capítulo II
Servicio Contralor de la Edificación
Servicio Contralor de la Edificación
Sección XXIV
Habilitaciones de Locales Comerciales e Industriales
Habilitaciones de Locales Comerciales e Industriales
Primera Parte. Normas Generales
DEROGADO
Este artículo fue derogado tácitamente por Dto. JDM Nº 38.156 de 29/12/2022, art. 18.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 18 | ||
art. 69 |
En los trámites que se realicen ante dependencias en las que se gestionen solicitudes de autorizaciones de carácter urbano, permisos de construcción y habilitaciones, por cada 30 días de plazo concedido para ajustarse a las reglamentaciones de la Intendencia, sin perjuicio de la regularización de la situación planteada, se abonará 2 UI por metro cuadrado con un mínimo de 343 UI.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 17 |