Queda expresamente prohibido:
a) la entrada de menores de dieciocho años, aún en calidad de acompañantes de personas mayores. En caso de duda se deberá exigir la exhibición de la cédula de identidad; su no presentación implicará el no ingreso o el retiro inmediato de la persona del local;
b) efectuar apuestas por dinero o dar premios o incentivar a los asistentes;
c) instalar en estos locales las llamadas máquinas tragamonedas;
d) el expendio de bebidas con alcohol.