Los métodos de tratamiento térmico que se utilicen para asegurar la calidad higiénico-sanitaria de la leche, no deberán modificar las propiedades físico - químicas, biológicas y nutritivas de la misma y deberán ser aprobados por el Servicio de Regulación Alimentaria. En ninguna circunstancia, la leche podrá ser objeto de más de una pasteurización, y deberá ser entregada al consumidor dentro de las 24 horas de envasada.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.
Leche y derivados.(DEROGADO)
Definiciones para leche. (DEROGADO)
DEROGADO
La leche pasteurizada debe satisfacer las condiciones de leche apta, y reunir las siguientes características:
a) el recuento de unidades formadoras de colonias por ml, de acuerdo a las normas standard, referido a mesófilos, no deberá sobrepasar el límite de 5 x 10 4 ufc/ml de abril a agosto y 1 x 10 5 el resto del año;
b) no deberá sobrepasar el límite de 10 ufc/ml de bacterias del grupo coliforme a 30ºC;
c) Staphylococcus aureus coagulasa y termonucleasa positivos menos de 10 ufc/ml ;
d) no deberá contener Salmonella ni otros gérmenes de reconocida patogenicidad;
e) deberá dar negativa la prueba de fosfatasa alcalina.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 1 | ||
art. 17 |
DEROGADO
La leche UHT (o UAT), luego de incubación en envase cerrado a una temperatura comprendida entre 35º y 37ºC durante 7 días, debe presentar las siguientes características:
a) no sufrir modificaciones que alteren el envase;
b) ser estable en el ensayo de alcohol a 68ºGL;
c) la acidez no debe superar en más de 0.02g de ácido láctico por 100 ml, la determinada en otra muestra cerrada sin incubación previa;
d) no diferir las características sensoriales sensiblemente de las de una leche sin incubar;
e) el recuento de aerobios mesófilos en placa no debe ser superior a 100 ufc/ml.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 1 | ||
art. 1 |