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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
Cacao y Derivados.(DEROGADO)
Cacao en grano y derivados.
Definiciones para cacao en grano y derivados

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XXI
Cacao y Derivados.(DEROGADO)
Sección I
Cacao en grano y derivados.
 Definiciones para cacao en grano y derivados

DEROGADO

Cacao en grano o granos de cacao. Es la semilla del Theobroma cacao L. fermentada y desecada, prácticamente libre de insectos y de materia extraña.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 586

DEROGADO

Cacao tostado descascarillado. Es el grano de cacao tostado, quebrado, al que se le ha eliminado la cáscara, los tegumentos y demás impurezas en la forma más completa técnicamente factible.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 588
lit. A

DEROGADO

Cascarilla de cacao. Es la cáscara de cacao limpia y en perfecto estado de conservación.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 587

DEROGADO

Pasta, licor o masa de cacao. Es el producto que se obtiene por la molienda del cacao tostado descascarillado. Debe contener un mínimo de lípidos de cacao de 50% (m/m).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 588
lit. B inc. 1

DEROGADO

Torta de cacao. Es el producto obtenido a partir de la pasta de cacao, que resulta de la separación de la porción lipídica por presión y cuyo contenido de lípidos de cacao mínimo debe ser de 8% (m/m).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 588
lit. C

DEROGADO

Cacao desgrasado o desmantecado. Es la torta de cacao a la cual se le ha extraído la fracción lipídica por medio de solventes de uso permitido y cuyo contenido máximo de lípidos de cacao es de 8% (m/m).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 588
lit. D

DEROGADO

Cacao en polvo. Es el producto que se obtiene mediante transformación mecánica, a un estado pulverulento de la torta de cacao desgrasada por presión o por solventes de uso permitido, de modo que el contenido de lípidos no sea inferior a 8% (m/m).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 588
lit. E inc. 1

DEROGADO

Polvillo o finos de cacao. Es la fracción del cacao en grano que se obtiene como subproducto durante los procedimientos de separación del cacao y de la cascarilla por ventilación, y en el desgerminado. Debe contener como mínimo 20% (m/m) de lípidos de cacao (sobre base seca).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Manteca de cacao. Es el producto obtenido por prensado en caliente o por extracción con solventes autorizados del cacao descascarillado o de la pasta de cacao. Presenta un color blanco o ligeramente amarillento, olor y sabor propios.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 590
inc. 1

DEROGADO

Cacao soluble, solubilizado o alcalinizado. Es el cacao en polvo tratado con una cantidad suficiente de álcalis para neutralizar la acidez natural del cacao. El producto resultante no debe presentar un pH superior a 7.5.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 588
lit. F inc. 1

DEROGADO

Cacao solubilizado dulce o edulcorado o azucarado. Es la mezcla homogénea de cacao solubilizado y azúcar con un contenido mínimo de cacao del 25% (m/m).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Cocoa. Es el producto de la molienda de la torta de cacao adicionada de azúcar en una proporción máxima de 68% m/m y que contiene una proporción mínima de cacao en polvo de 32% (m/m).

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 589
inc. 1

DEROGADO

Alimento en polvo con cacao, o polvo cacao o sabor cacao. Es la mezcla homogénea de azúcar y cacao en polvo, con un contenido mínimo de cacao del 15%. Se puede utilizar los siguientes ingredientes complementarios: leche en polvo, suero de leche en polvo, cereales (molidos, laminados o bajo otras formas), espesantes (almidones modificados, goma xantano, carragenina y maltodextrinas), fosfolípidos (lecitina u otros autorizados), vainillina, etilvainillina y cloruro de sodio.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1