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Digesto Departamental
Higiene y Asistencia Social
Legislativa
Agua y bebidas sin alcohol.(DEROGADO)
Aguas envasadas. Definiciones para aguas envasadas

Volumen VI Higiene y Asistencia Social

Parte Legislativa
Título II
Nota:

La mayoría de los artículos contenidos en el Título II fueron derogados por Dto. JDM Nro. 33.493 de fecha 30/08/10, art. 1, con excepción de los siguientes: D. 974 a D. 974.3, D. 1091.1 a D. 1091.8, D. 1467 y D. 1469 a D. 1471.3. Con posterioridad se incorporaron los artículos D.1521.1 a D.1521.6, D.1748.1 a D.1748.45 y D.1774.82 a D.1774.85, los que se hallan vigentes.
Por Res. IM Nro. 4531/10 de fecha 30/09/10, num 1º, se aplica el Reglamento Bromatológico Nacional, sin perjuicio de las excepciones y las normas complementarias y/o reglamentarias que al respecto se establezcan.

Capítulo XXV
Agua y bebidas sin alcohol.(DEROGADO)
Sección I
Agua.
 Aguas envasadas. Definiciones para aguas envasadas

DEROGADO

Agua mineral. Es el agua apta para la bebida, procedente de estratos acuíferos, que surja o se extraiga sin contaminación, captada y embotellada convenientemente en el lugar de origen, que permanezca en las mismas condiciones luego de envasar.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1
art. 543
Inc. 1

DEROGADO

Agua mineralizada. Es el agua potable que ha sido adicionada de sustancias minerales bromatológicamente aptas y que cumplen los requisitos establecidos para aguas minerales en los artículos D.1767.10 inciso b) y D.1767.11.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Con la denominación genérica de aguas gasificadas se entienden las aguas de bebida envasadas adicionadas de gas carbónico a una presión no inferior a 1.5 atmósferas.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1

DEROGADO

Se ditingue los siguientes tipos de aguas gasificadas:
a) agua mineral gasificada o con gas; es el agua mineral adicionada exclusivamente de anhídrido carbónico;
b) agua mineralizada gasificada o con gas; es el agua mineralizada adicionada de anhídrido carbónico;
c) agua de mesa gasificada, o con gas, o soda; es el agua potable adicionada exclusivamente de anhídrido carbónico.

FuenteObservaciones
art. 1
art. 1