El Servicio Central de Inspección General llevará un Registro de Vendedores, en cuya ficha individual constará:
a) nombre del permisario y domicilios;
b) nombre y fecha de resolución por la que se le adjudicó el puesto;
c) rubro o rubros autorizados a comercializar;
d) número y ferias en que fueron adjudicados los puestos.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Reglamentaria
De las reuniones públicas
De las Ferias Especiales y periódicas
Del Registro de Permisarios
Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Reglamentaria
Título I
De las reuniones públicas
De las reuniones públicas
Capítulo V
De las Ferias Especiales y periódicas
De las Ferias Especiales y periódicas
Nota:
Por Res. 1897/07 de 31/05/07, num. 1 se creó el carné identificatorio para titulares de permisos de venta en la vía pública.
Del Registro de Permisarios
Fuente | Observaciones | |
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num. 1 | Art 6 de la Reglamentación | |
num. 1 | Art 6 de la Reglamentación |