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Digesto Departamental
Planeamiento de la Edificación.
Planeamiento de la Edificación.
Legislativa
Normas para los Acondicionamientos
Transporte vertical de personas y/o de mercaderías
Condiciones que deben cumplir las instalaciones. Generalidades

Volumen XV Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res.IM Nº 4465/21 de fecha 23 de noviembre de 2021 se sustituyó el numeral 3.1.3 “Disposiciones Locativas”, del Capítulo 3 “De los servicios gastronómicos y plazas de comidas” de la mencionada regulación, habilitando nuevamente el funcionamiento de buffets y salad bars. También podrán contar con estos servicios los supermercados.

El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.

    


Libro XV
Planeamiento de la Edificación.
Nota:

Por Res. IM Nº 3069/21 de fecha 19 de agosto de 2021 se dejan sin efecto las resoluciones IM Nros. 1350/20 de 17 de marzo de 2020, 2425/20 de 3 de julio de 2020 y 2972/21 de 16 de agosto de 2021, aplicándose  una nueva regulación para el funcionamiento de locales comerciales con destino a espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales, alojamientos y locales gastronómicos con acceso al público mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por Covid-19.

Por Res.IM Nº 4465/21 de 23/11/2021, num. 1º se sustituyó el numeral 3.1.3 "Disposiciones locativas" del Capítulo 3 "De los servicios gastronómicos y plazas de comidas", de la regulación para el funcionamiento de locales comerciales con destino a espectáculos públicos, fiestas y eventos sociales, alojamientos y locales gastronómicos con acceso al público, mientras se encuentre vigente la emergencia sanitaria por el COVID-19.

Parte Legislativa
Título IX
Normas para los Acondicionamientos
Capítulo I.I
Transporte vertical de personas y/o de mercaderías
Sección III
Condiciones que deben cumplir las instalaciones. Generalidades

Aval.
Las empresas instaladoras deben presentar la documentación técnica correspondiente de las instalaciones y modernizaciones que realicen, bajo firma de su representante técnico avalando los materiales, procesos de fabricación, montaje y la instalación en su conjunto para cada modelo. El aval de cada componente puede ser sustituido por la presentación de los ensayos correspondientes realizados por organismos nacionales o internacionales reconocidos.

FuenteObservaciones
art. 2

General.

A) Los componentes incorporados en la instalación deben ser:
a. diseñados de acuerdo con los cálculos y prácticas usuales de ingeniería, incluyendo todos los modos de falla,
b. de construcción mecánica y eléctrica adecuada,
c. realizados con materiales de adecuada resistencia y calidad, según normas nacionales e internacionales que mejor apliquen a cada caso,
d. libres de defectos,
e. fabricados con materiales que no sean nocivos, tales como los asbestos.

B) Previo estudio de la instalación y bajo razones debidamente fundadas SIME puede solicitar ensayos de las partes que considere pertinentes. Estos ensayos se deben realizar de acuerdo a las Normas UNIT-MERCOSUR o normas nacionales e internacionales que mejor apliquen a cada caso.

C) Todas las partes móviles de las instalaciones deben estar protegidas de forma de garantizar la seguridad del personal de mantenimiento.
Estas partes deben ser pintadas en color amarillo, al menos parcialmente. Deben poder realizarse las operaciones de mantenimiento de rutina sin desmontar dichas protecciones. En las poleas, las protecciones deben construirse de manera tal que las partes rotativas sean visibles y no impidan su inspección y mantenimiento. Sólo debe ser necesario el desmantelamiento de las protecciones para reemplazo de cables, reemplazo de poleas y remaquinado de ranuras. En las máquinas deben preverse protecciones eficaces para las piezas giratorias accesibles que puedan ser peligrosas, tales como chavetas y tornillos en los ejes, cintas, cadenas, correas, engranajes, piñones, ejes salientes de motores y limitadores de velocidad.

D) Las señalizaciones, cartelería e instrucciones de operación de las instalaciones deben cumplir la reglamentación correspondiente.

FuenteObservaciones
art. 2