Definir como objetivos del ordenamiento territorial departamental los que se expresan a continuación:
1- La preservación de los valores ambientales y los recursos naturales, tendiendo a un desarrollo integral y sustentable, disminuyendo la contaminación del suelo, el agua y el aire propiciando una gestión adecuada de residuos sólidos entre otros aspectos, y protegiendo el suelo rural productivo y natural.
2- La reversión de los procesos de segregación socio-territorial, equilibrando las dotaciones de infraestructuras y equipamientos
3- La mejora en las calidades urbanas que califican el hábitat, fomentando el desarrollo de un sistema de espacios públicos de calidad, reduciendo la vulnerabilidad ante la variabilidad climática y minimizando los riesgos socioambientales.
4- El control de la expansión urbana, optimizando el uso de las capacidades instaladas en la ciudad consolidada, en cuanto a infraestructuras y equipamientos.
5- La previsión de suelo apto y adecuado para la residencia y para las actividades productivas y logísticas, delimitando áreas del territorio destinadas al desarrollo de las distintas actividades, que ordenen la distribución espacial de las mismas y aseguren una oferta adecuada de suelo.
6- La mejora del vínculo de las grandes infraestructuras y equipamientos con la ciudad y el territorio, perfeccionando la interrelación ciudad-puerto a efectos de contemplar el crecimiento de las actividades portuarias, corrigiendo los vínculos con los grandes equipamientos productivos en especial aquellos productores de energía, y ordenando las actividades productivas y logísticas previendo los conflictos potenciales.
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La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.
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Digesto Departamental
Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Instrumentos del ámbito departamental
Legislativa
Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Objetivos.
Volumen IV Ordenamiento Territorial, Desarrollo Sostenible y Urbanismo.
Nota:
El artículo 1º del Dto. JDM Nº 33.934 de 24/10/11 derogó el Decreto JDM Nº 26.817 de 08/01/96 y el Dto. JDM Nº 33.583 de 08/11/10 que establecían un régimen especial de entrada en vigencia de las normas sobre Higiene de la Vivienda, Locales Comerciales e Industriales y Urbanismo.
ATENCIÓN: EL VOLUMEN IV DEL DIGESTO DEPARTAMENTAL CAMBIÓ SU DENOMINACIÓN, ESTRUCTURA Y NUMERACIÓN. Ver Dto. JDM Nº 34.870 de 25 de noviembre de 2013, arts. 2º, 3º y 11º, este último en la redacción dada por Dto. JDM Nº 34.889 de 5 de diciembre de 2013, art. 1º.
Libro II
Instrumentos del ámbito departamental
Instrumentos del ámbito departamental
Parte Legislativa
Apartado I Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible.
Capítulo III
Objetivos.
Objetivos.
Fuente | Observaciones | |
---|---|---|
art. 4 | art. 6 de las Directrices Departamentales de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Sostenible. |