Back to top
La presente Base Normativa se encuentra en estado de revisión.
Los usuarios convienen en exonerar de responsabilidad a la Intendencia de Montevideo, División Asesoría Jurídica, Equipo Técnico de Actualización Normativa e Información Jurídica, por todo tipo de daño o perjuicio, directo o indirecto que eventualmente puedan sufrir especialmente los derivados de involuntarias inexactitudes, falta de información o datos imperfectos de cualquier naturaleza, contenidos en los archivos de dicha base.

Digesto Departamental
De los Espacios Públicos y de Acceso al Público
De los espacios públicos y de acceso al público
Legislativa
De los paseos Públicos
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
De los incumplimientos

Volumen X De los Espacios Públicos y de Acceso al Público

Libro X
De los espacios públicos y de acceso al público
Parte Legislativa
Título I
De los paseos Públicos
Capítulo II
De las actividades en espacios públicos y de acceso al público
Sección I.I
De los móviles de preparación, servicio y venta de alimentos en eventos privados y espacios públicos
 De los incumplimientos

El incumplimiento de las disposiciones establecidas implicará, además de la multa correspondiente y según corresponda, las siguientes medidas:

a) la clausura inmediata del móvil de preparación y servicio de alimentos en el evento al que esté integrado, pudiendo afectar incluso nuevos eventos, hasta tanto regularice completamente su situación;

b) la revocación temporal del permiso para instalarse en espacios públicos o vías públicas, hasta tanto regularice completamente su situación;

c) la revocación definitiva del permiso para instalarse en espacios públicos o vías públicas.

FuenteObservaciones
art. 17