Definiciones.-
Digesto
D.2299.4
Créanse los Paseos de los Artesanos Tradicionales Callejeros que se ubicarán en:
a) aceras norte y sur de la Peatonal Sarandí entre la Escuela de Artes y Artesanías Dr. Pedro Figari y Pérez Castellanos.
D.2299.3
Créanse las siguientes Ferias Especiales de venta de Artesanías en la Ciudad Vieja:
a) Vereda Sur de la Unidad Museo y Archivo Histórico de Montevideo (Cabildo de Montevideo) se denominará Feria Especial Cabildo.
D.2248.3
A partir del 21 de octubre de 2019 y conforme a lo establecido por el artículo 19 numeral 31 de la Ley 9.515, de 28 de octubre de 1935(*), tres de cada cuatro nombres de personas que se incorporen al Nomenclátor de Montevideo deberán ser de mujeres.
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