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Digesto

R.424.1.7

Establecer carriles preferenciales para buses establecidos en las siguientes vias:

a) Av. 8 de Octubre en el tramo comprendido por Pte. Berro y Vicenza;

b) Av. Agraciada en los tramos comprendidos por Marcelino Sosa y Pablo Zufriategui, y Emilio Romero y Av. Carlos Ma. Ramirez;

D.2243.7.1

Sanciones.

D.2243.1.2

Espacios Habilitados. La Intendencia de Montevideo delimitará e identificará en plazas, parques u otros espacios públicos áreas donde se admitirá la presencia de perros sin correa. En ningún caso se exime el uso del bozal cuando corresponda.

D.2243.1.1

Perros Potencialmente Peligrosos:

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